Por Noel Gómez Herrera
Conversamos con Luis Alberto Rodríguez Villamizar, defensor judicial del disidente Alejandro Peña Esclusa, detenido desde julio de este año en los calabozos del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, SEBÍN, antes DISIP. Egresado de la facultad de Derecho de la Universidad Central de Venezuela, este joven abogado es, además, licenciado en administración, graduado en la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez de la cual ha sido docente. En estos momentos comparte su tiempo de litigante, con el profesorado a tiempo convencional en la Universidad Bicentenaria del Estado Aragua.
Es también defensor de los generales retirados, Felipe Rodríguez alias “El Cuervo” y Pedro Pérez y colaborador de la defensa de varios presos políticos que se encuentran igualmente recluidos en el SEBIN.
-Al ingeniero Peña Esclusa –nos revela Rodríguez - no lo conocía personalmente antes de su detención en julio de este año. Sin embargo entramos en contacto algunos meses después de su encarcelamiento, por recomendaciones que le hicieron varios de mis defendidos, privados de su libertad y compañeros de reclusión de Peña Esclusa. Junto conmigo forman parte de la defensa de este último, mi colega Diana Carolina Mora y un equipo de juristas de Una-sur, ONG.
-¿Se le ha respetado a su cliente el debido proceso y el derecho a la defensa?
- En todos los casos que conocen los tribunales con competencia antiterrorista –nos responde Rodríguez - el debido proceso y la defensa se desarrollan bajo los parámetros de lo que es denominado por la doctrina moderna, como el Derecho Penal del Enemigo, en el que se “relajan” los principios garantistas del derecho procesal común y universal, para condenar casi por anticipado un hecho que va en contra del statu quo político existente. Desde mi punto de vista esos tribunales exclusivos para presuntos terroristas son inconstitucionales, ya que violentan de manera tajante, los artículos 21 y 49 ordinal 4° de la Constitución Nacional, que consagran los principios de igualdad ante la ley, el derecho a ser juzgado por los jueces naturales y la prohibición de los tribunales de excepción.
LA JUSTICIA BOLIVARIANA IMPONE
LAS CORTES CANGURO
-Entre los defensores de derechos humanos a escala mundial, se ha acuñado el calificativo de “Cortes Canguros” o “Kangaroo Courts” que rememoran los años de la “Fiebre del Oro”, en California, con tribunales ad-hoc o de excepción constituidos para juzgar, exclusivamente, a mineros australianos. Estos últimos eran conducidos a los estrados para ser víctimas de lo que se califica como “justicia por encargo” pues de antemano se sabía que de esas “Cortes Canguro” saldrían condenados. Los tribunales especiales para juzgar a supuestos terroristas, como el que sustancia el proceso contra Peña Esclusa ¿son “Cortes o tribunales Canguro”?
-La distribución del expediente contentivo de las supuestas investigaciones contra Peña Esclusa –nos responde nuestro entrevistado- fue realizada por un órgano no autorizado por la Resolución 2004-0217, que regula la competencia de los tribunales antiterroristas. Es decir la causa fue asignada de manera directa “sin ningún tipo de formalidad o procedimiento al Tribunal Sexto de Control a cargo del juez Luis Cabrera Araujo. Esa distribución irregular o “a dedo”, contraviene la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que señala que el acto de distribución de una causa, es la garantía que tiene el justiciable que va ser enjuiciado por un juez imparcial, ya que la selección del magistrado respectivo debe depender de un sorteo, que en los juicios penales es a través de un sistema computarizado. En conclusión, el proceso contra Peña Esclusa nació de dos actuaciones viciadas que genera que el juicio deba anularse. La irregularidad número dos en el tiempo, fue, como hemos visto, la omisión del sorteo pero la primera fue el testimonio del ciudadano salvadoreño, Francisco Chávez Abarca.
-Este último –prosigue Rodríguez- en sus declaraciones no individualiza a Peña Esclusa. Dice, por ejemplo que este último es una persona “bajita” cuando la realidad nos muestra que es un hombre espigado. Pero el falso testimonio de Chávez Abarca, fue utilizado para decretar el allanamiento de la residencia de la familia Peña Esclusa. Luego vino la deportación precipitada y anómala, a Cuba del mencionado testigo.
LOS VICIOS DEL PROCESO
Consternan las denuncias del abogado Rodríguez. Percibimos nosotros, que la actuación de un defensor judicial en medio de tantos obstáculos tiene pocas o nulas posibilidades de triunfar en buena lid en el debate judicial ¿No temen los defensores de Peña Esclusa, que puedan servir de comparsa en estas Cortes Canguro? ¿No temen que estén legitimando o dándole apariencia de legalidad a un proceso judicial amañado desde el comienzo?
-Toda persona debe tener la mejor defensa posible en un juicio, sea cual sea el delito que se le imputa. Recordemos que todos somos constitucionalmente inocentes hasta que se demuestre lo contrario. No defenderse es admitir los hechos que se imputan. Disiento del enfoque del entrevistador: con una buena defensa no se convalida ninguna situación jurídica negativa. Todo lo contrario, una defensa vigorosa, vehemente, apegada a la ley, sirve para poner al descubierto los vicios cometidos bajo ese manto de aparente legalidad que usted señala.
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Los supuestos explosivos fueron
“sembrados” por la policía
“La Razón” en su edición del domingo 11 de julio, publicó la lista de opositores que iban a ser incriminados por la policía política venezolana, con base en las declaraciones del nuevo “testigo estrella” del gobierno, el salvadoreño Francisco Chávez Abarca. Nuestra primicia estuvo circulando ese domingo y el lunes siguiente, de manera intensa por diversas redes sociales y noticieros de la Internet. Alejandro Peña Esclusa figuraba en un lugar prominente en la mencionada lista. 40 horas después de estar nuestra edición en la calle, es decir, el lunes 12 de julio a las seis de la tarde, el SEBIN se presentó a allanar el apartamento donde reside el objetor del gobierno de Hugo Chávez con su mujer e hijos menores. El hallazgo, en tales circunstancias, de un hipotético explosivo en tal apartamento es inverosímil. “Guerra avisada no mata soldados”, reza el tópico. Ningún “terrorista” va a mantener un material explosivo depositado en su residencia familiar, luego de salir publicado su nombre como posible objetivo de medidas policiales. Para resumir: todo apunta a que el pretendido material explosivo fue “sembrado” por funcionarios de los cuerpos de seguridad bolivariana.
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Mezquindad de la MUD
Con la excepción de Oswaldo Álvarez Paz, Antonio Ledezma y Delsa Solórzano, la oposición no ha respaldado al disidente Alejandro Peña Esclusa. Resulta insólito que ante casos como estos priven los celos políticos y mezquindades personales. Sin embargo, personalidades de la talla del cardenal primado de Venezuela, Jorge Urosa, Álvaro Uribe, ex presidente de Colombia, los intelectuales Plinio Apuleyo Mendoza, Carlos Alberto Montaner y Armando Vallarales han levantado su protesta ante este caso. En el ámbito internacional el Europarlamento, el senado español, el parlamento británico y el Colegio de Abogados de Caracas, también han dejado oír sus protestas por las violaciones cometidas contra Peña Esclusa.
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Un pasaporte “detenido”
por orden judicial
La Constitución de Venezuela, establece que la pena no puede trascender la persona del penado. Pese a que Peña Esclusa, todavía, no ha sido condenado, el aparato político del presidente Chávez, se ha ensañado con la esposa de Peña Esclusa al retenerle su pasaporte y con ello, impedirle que salga fuera de Venezuela a exponer el caso de su marido. Dicho atropello ha sido denunciado varias veces. La identidad es un derecho inherente e irrenunciable a toda persona ¿Qué dicen la Fiscal General, Defensora del Pueblo y presidenta del TSJ ante esta irritante violación de derechos humano?
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Semanario LA RAZÓN
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